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Insolvency proceedings
SERVICIOS DE MARKETING KOLER SL
CIF B80632698See the company page →
- Notices
- 4 — 25/06/2014 → 23/08/2024
- Case number
- 388/2013
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Madrid
Case timeline
- Otro acto concursal23/08/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 388/2013Judge : HELENA AGUSTI PONSOrder 29/04/2024
EDICTO DECLRACION DE CONCURSO ABREVIADO
- Conclusión del concurso23/08/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 388/2013Judge : JOSE MARÍA FERNÁNDEZ SEIJOOrder 29/04/2024
Declarar a MUHAMMAD BOOTA, en situación de concurso consecutivo
- Otro acto concursal05/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 388/2013Judge : ALBERTO LÓPEZ VILLARUBIAOrder 29/04/2024
SE DECLARA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE PADUPASA
- Otro acto concursal25/06/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MadridProc. 388/2013Order 15/10/2013
Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario número 388/2013, por auto de 15 de octubre de 2013, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Servicios de Marketing Koler, S.L., CIF: B-80632698; Gestión Integral Inmobiliaria Koler, S.L., CIF: B-81521312, y Ciudalanz, S.L., CIF: B-36931939 cuyo centro principales de intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administradora Concursal doña Susana Villalba Trujillo, con domicilio en la calle Zurbano, n.º 10, 2.º, de Madrid, CP: 28010 o comuníquese por correo electrónico: [email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de junio de 2014.- Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.