Insolvency proceedings
WOHNENSONNE SL
CIF B62337514See the company page →
- Notices
- 2 — 02/06/2014 → 04/08/2016
- Case number
- 340/2014
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Case timeline
- Conclusión del concurso04/08/2016⚖️ BARCELONAProc. 340/2014Order 14/06/2016
Edicto dando Publicidad al Archivo de Concurso D. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.° 3 de Barcelona. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 340/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Wohnensonne, S.L., con CIF núm. B62337514, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 340/2014, Sección C2. NIG del Procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2013 - 8004768. Entidad Concursada.- Wohnensonne, S.L., con CIF n.° B62337514. Tipo de Concurso.- Voluntario. Fecha del Auto de Conclusión.- 13.06.2016. Barcelona, 14 de junio de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia sust.
- Declaración de concurso02/06/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 340/2014Order 15/04/2014
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 340/2014-C2 en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Wohnensonne, S.L. y ordenando publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 340/2014-c2. NIG del procedimiento.- 0801947120138004768. Entidad concursada.- Wohnensonne, S.L., con CIF n.º B-62337514. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 15 de abril de 2014. Administrador/es Concursal/es.- Eulalia Folguera Sans, con domicilio profesional en Pg. de Gràcia, 103, 7.ª, 08008 de Barcelona, teléfono núm. 934150088, fax núm 934152051, y correo electrónico wohnensonne@ jausaslegal.com. Facultades del concursado.- Intervenido. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 de la LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda.Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 23 de abril de 2014.- Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.