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Insolvency proceedings

VIVEROS BARBOL SL

CIF B80516941See the company page

Notices
302/04/201216/09/2026
Case number
563/2011
Court
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 11 · Mercantil - 11

Case timeline

  1. Conclusión del concurso16/09/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 11Proc. 563/2011Judge : MANUEL RUIZ DE LARAOrder 15/09/2026

    AUTO CONCLUSION CONCURSO

  2. Otro acto concursal24/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 11Proc. 563/2011Judge : MANUEL RUIZ DE LARAOrder 20/05/2024

    AUTO CESE ADMINISTRADOR CONCURSAL Y NOMBRAMIENTO NUEVO ADMINISTRADOR CONCURSAL

  3. Declaración de concurso02/04/2012
    ⚖️ MADRIDProc. 563/2011Order 22/03/2012

    Edicto. D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el concurso número de autos 563/2011, con Número de Identificación General del procedimiento 28079100090632011, por auto de 563/2011, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a SAT VIVEROS BARBOL, S.L., con CIF B-80516941, y domiciliado en C/ Cañada, 5, 28720 Bustarviejo (Madrid). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4. La identidad de la administración concursal es D. ALFONSO DE RATO VELARDE, el domicilio postal de la misma en Avda. de América, 35, 28002 Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado. Madrid, 22 de marzo de 2012.- Secretario judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.