Insolvency proceedings
VISOPLAST SL
CIF B59180505See the company page →
- Notices
- 3 — 05/07/2012 → 07/04/2025
- Case number
- 397/2012
- Court
- Mercantil - 8
Case timeline
- Conclusión del concurso07/04/2025⚖️ Mercantil - 8Proc. 397/2012Judge : BERTA BOMBI DE LLANZAOrder 25/03/2025
AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO
- Otro acto concursal27/02/2025⚖️ Mercantil - 8Proc. 397/2012Judge : BERTA BOMBI DE LLANZAOrder 21/02/2025
UNE Y PONE DE MANIFIESTO INFORME FINAL DE LIQUIDACION Y REND. CUENTAS A.C
- Declaración de concurso05/07/2012⚖️ BARCELONAProc. 397/2012Order 04/06/2012
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso 397/2012 Sección G. Fecha del Auto de declaración.- 4 de junio de 2012. Clase de concurso: Voluntario ordinario. Entidad Concursada.- "Visoplast, S.L.", con domicilio en Gurb (Barcelona), carretera B-522, de Vic a Manlleu, Camí de Malars, sin número, con CIF B59180505. Administradores concursales.- Don Pau Ballve i Reyes. Dirección postal.- Avenida Diagonal, número 416-pral (08037) Barcelona. Dirección electrónica.- [email protected]. Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento de los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado". Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 7 de junio de 2012.- El Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.