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Insolvency proceedings
VALERO LLANAS E HIJOS SA
CIF A22003537See the company page →
- Notices
- 4 — 02/12/2015 → 24/04/2024
- Case number
- 349/2015
- Court
- Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 3
Case timeline
- Conclusión del concurso24/04/2024⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 3Proc. 349/2015Judge : JORGE ZAPATERO SORIAOrder 19/04/2024
Se acuerda la conclusión del concurso de acreedores de la entidad VALERO LLANAS E HIJOS, S.A., por firmeza del auto declarando el cumplimiento del convenio.
- Declaración de concurso12/02/2024⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 3Proc. 349/2015Judge : JORGE ZAPATERO SORIAOrder 30/01/2024
Se declara el cumplimiento del convenio concursal aprobado por Sentencia de 15 de junio de 2017.
- Otro acto concursal10/01/2017⚖️ HUESCAProc. 349/2015Order 29/12/2016
Edicto En este órgano judicial se tramita sección III de masa activa 349/2015, del concurso de acreedores de Valero Llanas e Hijos, S.A., con CIF A22003537 y domicilio en la carretera Anciles, s/n, de Benasque. Por resolución de esta fecha 29 de diciembre de 2016 se ha acordado autorizar la venta de las unidades productivas de la concursada, formadas por el Hotel Aneto y el Gran Hotel Benasque, a Grupo Empresarial Costa, S.L., y Med Playa Management, S.L., conjuntamente, o sociedades de sus grupos, por 8.500.000 €,comprendiendo todos los derechos y bienes asociados a la explotación de ambos hoteles, según detalle del inventario presentado en el concurso, y asumiendo el pago de los créditos de la TGSS relativos a los contratos laborales vinculados a la explotación de las dos unidades productivas en cuantía que no exceda de 66.750,74 € (suma de los créditos reconocida a TGSS por la AC), y asumiendo el oferente todos los contratos laborales, que constan en la página 4 de la solicitud. Se ha acordado la publicación del presente edicto para que en el plazo de diez días las partes puedan presentar alegaciones, en el tablón de anuncios del Juzgado, en el registro público concursal y en el boletín oficial del Estado, debiendo presentarse mejor oferta en este Juzgado, de al menos un 10 % de la oferta presentada. Huesca, 29 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso02/12/2015⚖️ HUESCAOrder 20/11/2015
D. Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial de Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 349/15 y NIG 22125 41 1 2015 0027283, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso del deudor Valero Llanas e Hijos, S.A., con CIF A-22003537, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Carretera Anciles, s/n de Benasque. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Organización, Costes y Gestión, S.L.P.U., con domicilio en calle Bilbao, n.º 2, 3.º D de Zaragoza, teléfono 976232300, fax 976232482 y email [email protected], que designa a los efectos de comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal. Las insinuaciones de crédito que se presenten en el registro de decanato y tengan entrada en este Juzgado no serán proveídas ni registradas, dándoseles el destino que organizativamente se decida. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación, tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Huesca, 20 de noviembre de 2015.- Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.