Insolvency proceedings
TROLLOTEC SL
CIF B64164049See the company page →
- Notices
- 2 — 12/07/2014 → 25/11/2015
- Case number
- 276/2014
- Court
- Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra
Case timeline
- Conclusión del concurso25/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de PontevedraProc. 276/2014Order 13/11/2015
EDICTO Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra, Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 276/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado Auto 172/2015, de 13 de noviembre, acordando la conclusión del concurso de la entidad Trollotec, S.L., con CIF B-64164049, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Vigo, 13 de noviembre de 2015.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso12/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraProc. 276/2014Order 30/06/2014
Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 276/2014, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 30 de junio de 2014 Auto acordando lo siguiente: 1º. Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora Trollotec, S.L., con CIF B-64164049, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el Polígono Industrial A Pasaxe, n.º 47, Código Postal 36316, de Vincios – Gondomar (Pontevedra). 2º. La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal. 3º. La Administración concursal designada está integrada por la sociedad profesional Abac Concursal, S.L.P., con CIF B-27767383, y domicilio a efectos de notificaciones en la Calle Urzáiz, n.º 38, 1.º D, Código Postal 36201, de Vigo (Pontevedra), teléfono 986223255, y correo electrónico concurso [email protected]. 4º. Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 5º. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 30 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.