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Insolvency proceedings

TRIAX SA

CIF A39263652See the company page

Notices
318/03/201707/09/2020
Case number
97/2017
Court
MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander Hago saber: 1

Case timeline

  1. Conclusión del concurso07/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 97/2017Judge : CARLOS MARTINEZ DE MARIGORTA MENENDEZOrder 12/08/2020

    CONCLUSIOIN CONCURSO

  2. Apertura de liquidación19/08/2020
    ⚖️ SANTANDERProc. 97/2017Order 12/08/2020

    EDICTO Doña María de las Nieves García Pérez, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO MERCANTIL N.º 1 DE Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso nº 97/2017 se ha acordado por Auto de fecha 12 de agosto de 2020, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso de TRIAX, S.A., CIF A39263652, por finalización de la fase de liquidación, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de TRIAX, S.A., CIF A39263652 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 13 de agosto de 2020.- Letrada de la Administracion de Justicia, María de las Nieves García Pérez.

  3. Declaración de concurso18/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander Hago saber: 1Proc. 97/2017Order 27/02/2017

    Edicto. María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander Hago saber: 1.º Que en el procedimiento concursal 97/2017, por auto de fecha 27 de Febrero de 2017 se ha declarado en concurso al deudor Triax S.A, con CIF A-39263652, y con domicilio en calle Faustino Cavadas, n.º 28, Peñacastillo, Santander. En el citado Auto de declaración de concurso de fecha 27 de febrero de 2017, se acuerda simultáneamente, la apertura de la fase de liquidación. 2.º Que se suspende al deudor en el ejercicio de sus facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal, tablón de anuncios del Juzgado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que ha sido designado administrador concursal a don Mauricio Otero Moran, con DNI 09790726-V, mayor de edad, con domicilio profesional en la calle Jesús de Monasterio, n.º 2, 1.ª planta, Santander, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 942235656, fax n.º 942030172, y correo electrónico [email protected]. 6.º Se informa que en el Registro Público Concursal se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso y deban ser publicadas por medio de edictos, de conformidad con la Ley Concursal, dirección electrónica https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/. Santander, 7 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.