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Insolvency proceedings
TRIANA SCIENCE & TECHNOLOGY SL
CIF B18624429See the company page →
- Notices
- 3 — 23/07/2016 → 21/10/2017
- Case number
- 345/2016
Case timeline
- Declaración de concurso21/10/2017⚖️ GRANADAProc. 345/2016Order 18/10/2017
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA 1.-Que en el procedimiento concursal número 345/2016 referente al concursado Triana Science & Technology, S.L., con CIF B-18624429 y domicilio en Avenida de la Innovación, n.º 1, Edificio Bic, Granada, oficina 231, Parque Tecnológico Ciencias de la Salud, 18100 Armilla (Granada), por auto de fecha veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete, se ha acordado: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Triana science & Technology, S.L. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello: Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Cuarto: Requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo. Quinto: Se acuerda la extinción de Triana Science & Technology, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de las sociedades Triana Science & Technology, S.L. Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno. Granada, 18 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso21/10/2017⚖️ GRANADAProc. 345/2016Order 02/10/2017
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. ANUNCIA 1.-Que en el procedimiento concursal número 345/2016 referente al concursado Triana Science & Technology, S.L., con CIF B-18624429 y domicilio en Avenida de la Innovación, n.º 1, Edificio Bic, Granada, oficina 231 Parque Tecnológico Ciencias de la Salud, 18100 Armilla (Granada) por auto de fecha veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete, se ha acordado: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad Triana Science & Technology, S.L. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursal. De conformidad a ello: Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Cuarto: Requiérase a la administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo. Quinto: Se acuerda la extinción de Triana Science & Technology, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de las sociedades Triana Science & Technology, S.L. Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno. Granada, 2 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso23/07/2016⚖️ GRANADAProc. 345/2016Order 24/06/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 345/2016, con NIG 1808742M20160000416, por auto de 22/06/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor TRIANA SCIENCE & TECHNOLOGY, S.L., con CIF B-18624429, y domicilio en Avda de la Innovación, n.º 1, Edificio Bic, Granada, oficina 231, Parque Tecnológico Ciencias de la Salud, 18100 Armilla (Granada). 2º.- El deudor Triana Science & Technology, S.L. conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Aabalon Legis, S.L.P., con CIF B-19555606, de profesión abogados y economistas, con domicilio en C/ Trajano, n.º 8, escalera 1, 1.º C, 18002 Granada, y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de L.C. designa como persona natural que la representará y asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a: D. Francisco Javier García de la Serrana, con DNI 24.206.438-L, de profesión abogado y domicilio en C/ Trajano, n.º 8, escalera 1, 1.º C, 18002 Granada. La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Granada, 24 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.