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Insolvency proceedings
TRANS SAN BARTOLOME SL
CIF B03458734See the company page →
- Notices
- 7 — 29/04/2010 → 18/09/2024
- Case number
- 101/2010 · 10/2016 · 04/2010
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante
Case timeline
- Otro acto concursal18/09/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 101/2010Order 04/12/2023
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso18/09/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 101/2010Order 04/12/2023
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso14/12/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 101/2010Judge : FRANCISCO CABRERA TOMASOrder 04/12/2023
AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO DE ACREEDORES Y DE APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS
- Otro acto concursal04/10/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 101/2010Judge : FRANCISCO CABRERA TOMASOrder 29/09/2023
INFORME RENDICION DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL
- Apertura de liquidación25/02/2017⚖️ ALICANTEProc. 10/2016Order 26/04/2011
Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado - 000101/2010, siendo la concursada Trans San Bartolome, S.L., con CIF/NIF número B-03458734, con domicilio en Carretera Orihuela-Almoradí, km 9, Benejuzar (Aliante), en el que se ha dictado SENTENCIA de fecha 20/10/2016 en el incidente 245/16 que contiene los siguientes pronunciamientos: 1.-SE DECLARA INCUMPLIDO el convenio de acreedores suscrito por TRANS SAN BARTOLOMÉ, S.L., con sus acreedores y aprobado por sentencia de 26 de abril de 2011. 2.-SE DEJA SIN EFECTO ALGUNO el convenio alcanzado con los acreedores. 3.-Se acuerda la REAPERTURA DEL CONCURSO, reponiendo a la administración concursal en su cargo. Comuníquese de forma urgente. 4.-Una vez firme esta resolución, se acordará la apertura de la fase de liquidación con todos sus efectos. No obstante, desde este instante se acuerda la SUSPENSIÓN de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. Y para que sirva de publicación en el tablón de anuncios de esta oficina judicial. Elche, 8 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Convenio de acreedores14/05/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de AlicanteOrder 26/04/2011
D.Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000101/2010 de la mercantil TRANS SAN BARTOLOME, S.L., CIF n.º B-03458734, en el que se ha dictado sentencia con fecha 26/04/11 por la que: Se aprueba el convenio aceptado en junta de fecha 01/04/11, cesando en su cargo los administradores concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiese encomendar a todos o alguno de ellos hasta su íntegro cumplimiento y de lo previsto en el capítulo II del título VI LC. Producido el cese, los administradores concursales rendirán cuentas de su actuación ante el juez del concurso, dentro del plazo de dos meses. Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso con testimonio de la sentencia y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad la sentencia aprobando el convenio confome al artículo 109 en relación con el art. 23 de la LC. Elche, 26 de abril de 2011.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso29/04/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteProc. 04/2010Order 22/04/2010
Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 000101/2010 habiéndose dictado con fecha 21/04/2010 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso Abreviado voluntario de acreedores de Trans San Bartolomé, S.L., con domicilio en Carretera Orihuela-Almoradí, km. 9 Benejúzar (Alicante) CIF n.º B-03458734, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante Tomo 1123, Folio 149, Sección 8.ª, Hoja A-18020, representada por el procurador doña Rosa Brufal Escobar. Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de la administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de quince días desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85, debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos. Elche, 22 de abril de 2010.- Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.