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Insolvency proceedings

TOTAL PLANNING SL

CIF B65708117See the company page

Notices
722/11/201830/01/2026
Case number
1067/2018
Court
MERCANTIL DE BARCELONA Nº 004 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Barcelona
Insolvency administrator
Iberia Abogados y Asesores Tributarios, S.L.

Case timeline

  1. Conclusión del concurso30/01/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE BARCELONA Nº 004Proc. 1067/2018Judge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrder 23/01/2026

    La resolución que es firme (art. 481.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

  2. Otro acto concursal03/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE BARCELONA Nº 004Proc. 1067/2018Judge : Alfonso Merino RebolloOrder 10/12/2024

    La administración concursal presenta informe final de cumplimiento de convenio

  3. Conclusión del concurso24/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Judge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrder 23/01/2026

    AUTO CONCLUSIÓN

  4. Convenio de acreedores25/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Judge : (LAJ) MARIA ISABEL BOGUÑA PACHECOOrder 22/01/2021

    SE HA DICTADO AUTO POR EL QUE SE DACLARA CONCLUSO EL CONCURSO DE ACREEDORES DE LOS DEUDORES D.MIGUEL ANGEL ARRUE GIL Y Dª ROSA AUREA ALEMANY BES

  5. Otro acto concursal02/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Judge : (LAJ) JOSE VICTOR SANZ GORDONOrder 22/01/2021

    SE HA DICTADO AUTO DECLARANDO INTEGRAMENTE CUMPLIDO EL CONVENIO APROBADO POR SENTENCIA DE 13/10/2014

  6. Convenio de acreedores02/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Judge : LAURA ROSA LOPEZOrder 01/10/2019

    Conclusión del concurso, cese de las facultades del Administrador y extinción de la persona Jurídica

  7. Declaración de concurso22/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de BarcelonaProc. 1067/2018Order 06/11/2018

    María Carmen Fernández Hidalgo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 1067/2018 - I Fecha del auto de declaración. 30-10-2018. Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada. Total Planning, S.L., con B-65708117, y domicilio en avenida Ferreria, n.º 49, Polígono Industrial la Ferreria Montcada i Reixac (Barcelona). Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: Iberia Abogados y Asesores Tributarios, S.L., quien designa a Marcos Latorre García. Dirección postal: Plaza de la Independencia, 2, 2.ª planta, 28001 Madrid. Dirección electrónica: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12, Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 6 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Carmen Fernández Hidalgo.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.