HomeJusticeTORVAL MEDICA SA

Insolvency proceedings

TORVAL MEDICA SA

CIF A65615668See the company page

Notices
211/04/201520/09/2018
Case number
179/2015
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona Hago saber: · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Case timeline

  1. Otro acto concursal20/09/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona Hago saber:Proc. 179/2015Order 04/09/2018

    Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona Hago saber: Que en el concurso abreviado 179/2015 B se dictó auto por el que se ha declarado concluso el concurso de TORVAL MÉDICA, S.A., con NIF A65615668, con domicilio en COLONIA GALOBART, 08270 NAVARCLES. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. La resolución ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Barcelona, 4 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal11/04/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaOrder 24/03/2015

    Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 179/15 B en el que se ha dictado con fecha 17/3/03/15 auto declarando en estado de concurso voluntario a la empresa Torval Medica, S.A., con CIF A65615668, y con domicilio en Navarcles (Barcelona), con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a D. Álvaro Gasull Tort, abogado, quien en fecha 23/03/15 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal c/ Aribau, 198, 08036 Barcelona, y dirección electrónica [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal de la Administración concursal electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 24 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.