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Insolvency proceedings
TECUS PLASTICOS SL
CIF B61345948See the company page →
- Notices
- 1 — 24/02/2014 → 24/02/2014
- Case number
- 956/2013
Case timeline
- Declaración de concurso24/02/2014⚖️ BARCELONAProc. 956/2013Order 15/01/2014
Doña María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 956/2013- A Tipo de concurso.- Concurso voluntario ordinario. Entidad instante del concurso y CIF.- Tecus Plásticos, Sociedad Limitada, CIF B61345948. Fecha del auto de declaración.- 15 de enero de 2014. Administradores concursales.- José María Fabregat Vila, con domicilio Rambla Catalunya, 75, 3.º 1.º, 08007 Barcelona (Barcelona) y teléfono número 932153211 y en calidad de Economista y dirección electrónica [email protected]. Facultades del concursado.- Suspendidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 21 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.