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Insolvency proceedings

TALLERES MART SA

CIF A58135310See the company page

Notices
203/12/201515/06/2017
Case number
894/2015
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Case timeline

  1. Otro acto concursal15/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BarcelonaProc. 894/2015Order 06/06/2017

    Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 894/2015, se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Talleres Mart, S.A.U., con NIF A58135310, con domicilio en calle Caracas, n.º 14, bajos, de Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 6 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal03/12/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 894/2015Order 06/11/2015

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 894/2015 en el que se ha dictado con fecha 06/11/2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad Talleres Mart, S.A.U. con CIF A-58135310 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8008687. Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Talleres Mart, S.A.U. con domicilio en c/ Caracas, 14 Bajos Barcelona 08030. Administrador concursal: Arraut y Sala Reixachs, S.L.P., con domicilio en c/ Via Augusta, 48, 1.º 5.º Barcelona con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 6 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.