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Insolvency proceedings
TALLERES JUMARFER SL
CIF B28638872See the company page →
- Notices
- 2 — 28/01/2016 → 22/04/2017
- Case number
- 1014/2015
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Case timeline
- Otro acto concursal22/04/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 1014/2015Order 05/04/2017
Edicto Don Luis Espinosa Navarro, Letrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 LC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 1014/2015, por auto de fecha 05/04/2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3 de la concursada TALLERES JUMARFER, S.L., con CIF B-28638872. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 5 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia de Madrid.
- Apertura de liquidación28/01/2016⚖️ MADRIDProc. 1014/2015Order 15/01/2016
EDICTO Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 1014/2015, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2015/0279269, por auto de fecha 15.1.2016, se ha declarado en concurso voluntario a TALLERES JUMARFER, S.L., con nº de identificación B28638872, y domiciliado en calle Herreros nº 6 Poligono Industrial Prado Espino, de Boadilla del Monte. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: 1.- por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de TALLERES JUMARFER, S.L.": D. MARIANO PARA HERRERA, calle Francisco Puertas,10,28019 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 5.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 6.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 15 de enero de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.