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Insolvency proceedings
SOVIVENDA SL EN LIQUIDACION
CIF B27314905See the company page →
- Notices
- 3 — 28/05/2011 → 08/08/2011
Case timeline
- Apertura de liquidación08/08/2011⚖️ LUGOOrder 21/07/2011
Edicto Don Francisco Julian Hinojal Gijón, secretario judicial de Juzgado Primera Instancia nº 2 Mercantil de Lugo anuncia: Que en el Sección I declaración Concurso 0000614/2011, referente al concursado Sovivenda, Sociedad Limitada Unipersonal, por auto de fecha 21 de julio, se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3..- Se ha declarado disuelta la entidad mercantil Sovivenda SLU B27314905, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los quince dias siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial,cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse en dicha sección, alegandopor escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Lugo, 21 de julio de 2011.- El Secretario.
- Otro acto concursal06/07/2011⚖️ LUGOOrder 21/06/2011
Edicto. Don Francisco Julián Hinojal Gijón, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Lugo, anuncia: 1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000614/2011, referente al deudor Sovivenda, Sociedad Limitada Unipersonal, B27314905, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrá presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Lugo, 21 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal28/05/2011⚖️ LUGOOrder 11/05/2011
Edicto. Don Francisco Julian Hinojal Gijón, Secretario del Juzgado de Primera Instancia 2 Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el attículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que el procedimiento número 614/11, por auto de 11 de mayo se ha declarado en concurso voluntario, abreviado a la deudora "Sovivenda, S.L.U.", B-27314905, con domicilio en rúa Portomarñin 1, Sarriá, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sarriá. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. Han sido designado Administrador al Economista, don Javier Reigosa Cubero, Irmans Vilar Ponte, 4, 4.º iz., Lugo. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" de forma gratuita. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asitidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Lugo, 11 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.