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Insolvency proceedings
SLASH SOLUTIONS SL
CIF B62609417See the company page →
- Notices
- 2 — 22/12/2011 → 09/12/2013
- Case number
- 588/2011
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de los de Barcelona
Case timeline
- Otro acto concursal09/12/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de los de BarcelonaProc. 588/2011Order 06/11/2013
Don Francesc Xavier Rafí Roig, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el concurso voluntario n.º 588/2011, seguido en este Juzgado a instancia de Octavio Pesqueira Roca se ha dictado auto en fecha 25/9/13, cesando los efectos de la declaración del concurso de la sociedad Slash Solutions, S.L., con CIF B-62609417, y la administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 6 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial, D. Juan Ignacio Gómez del Blanco.
- Declaración de concurso22/12/2011⚖️ BARCELONAProc. 588/2011Order 24/11/2011
Don Juan Ignacio Gómez del Blanco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto. Concurso 588/2011, sección C2. Fecha del auto de declaración. 17/11/11. Clase de concurso: Voluntario abreviado (voluntario/necesario, ordinario/abreviado). Entidad concursada. "Slash Solutions, S.L.", con domicilio en calle Doctor Martí i Juliá, 45, 1, 08940 Cornellá de Llobregat (Barcelona), con CIF n.° B-62609417. Administradores concursales. Don Juan Segura López, como Abogado. Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C,13 planta, de 08014 Barcelona, y teléfono 93.554.97.09 la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la publicación en el B.O.E. Personación en las actuaciones. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 24 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.