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Insolvency proceedings
SILVERAGE ENTERTAINMENT, SOCIEDAD LIMITADA
CIF B39753009See the company page →
- Notices
- 2 — 26/01/2013 → 16/05/2018
- Case number
- 552/2012
Case timeline
- Conclusión del concurso16/05/2018⚖️ SANTANDERProc. 552/2012Order 11/05/2018
Edicto Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso abreviado nº 552/2012 se ha acordado por Auto de fecha 11 de mayo de 2018, lo siguiente: Se declara concluso el presente concurso de SILVERAGE ENTERTAIMENT SL, por insuficiencia de masa activa del concursado, procediéndose al archivo de las actuaciones. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. Se acuerda el cese de la administración concursal. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de SILVERAGE ENTERTAIMENT SL CIF B39753009 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 11 de mayo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
- Apertura de liquidación26/01/2013⚖️ SANTANDERProc. 552/2012Order 21/12/2012
Edicto María de las Nieves García Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Santander, Hago saber: 1. Que en el procedimiento concursal 552/2012, por auto de fecha 21 de diciembre de 2012 se ha declarado en concurso, con simultánea apertura de la fase de liquidación, al deudor "Silverage Entertaiment, S. L.", con CIF número B39753009, y con domicilio en María Blanchard, 2, bajo B, puerta B, de Maliaño. 2. Que se suspende al deudor en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal. 3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Admninistración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del TSJC. 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5. Que ha sido nombrado Administrador concursal Lope Crespo de Lara de Acha, con DNI 20191575-J, con domicilio profesional en la calle JR López Dóriga, 3-1º, de Santander, con número de teléfono 942237274, número de fax 942223452 y correo electrónico [email protected]. Santander, 11 de enero de 2013.- El/la Secretario.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.