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Insolvency proceedings

SIGLO DIGITAL SL

CIF B82551029See the company page

Notices
216/06/201625/01/2018
Case number
284/2016
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal25/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 284/2016Order 17/01/2018

    EDICTO Don Luis Espinosa Navarro Letrado del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (lc), ANUNCIA: 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 284/2016 por auto de fecha 17/01/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, de la concursada SIGLO DIGITAL S.L. con CIF B82551029. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de enero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación16/06/2016
    ⚖️ MADRIDProc. 284/2016Order 06/06/2016

    Dña. María Dolores Sánchez Franco, letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado Mercantil nº 12 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 284/2016, por auto de fecha 6/06/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a SIGLO DIGITAL, S.L., con CIF B82551029, y domiciliado en Leganés (Madrid), calle Puerto de Panticosa, nº 11 (polígono industrial Prado Overa). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal". 4.- La identidad de la Administración concursal es: D. Pedro José Martínez Martínez, calle Fernando el Católico,17-6º dcha., 28015 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es: www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso. Madrid, 6 de junio de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.