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Insolvency proceedings

SEAFRES SL

CIF B82480633See the company page

Notices
124/11/201424/11/2014
Case number
723/2014
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal24/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 723/2014Order 12/11/2014

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 723/2014, por Auto de fecha 11-11-2014, se ha declarado en concurso a SEAFRES, S.L., con domicilio social en Humanes de Madrid (Madrid), calle Tenerife, número 46, Polígono Industrial "La Fraila III"; con CIF B-82480633, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, tomo 14793, folio 89, hoja número M-245.848. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: 1. Por presentación o remisión a la dirección: "Administración Concursal del concurso de SEAFRES, S.L.". Att. de D. Miguel Valdés-Hevia Temprano, plaza de América, n.º 2 - 1º, CP 33005 - Oviedo (Asturias). 2. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 12 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.