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Insolvency proceedings

SAVOY OCIO SL

CIF B83266296See the company page

Notices
123/12/201423/12/2014
Case number
473/2014
Court
juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Case timeline

  1. Otro acto concursal23/12/2014
    ⚖️ juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 473/2014Order 11/12/2014

    D.ª Virginia Montejo Labrada, Secretaria del juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el procedimiento concursal registrado con el número de identificación general NIG.:28079 1 4108383/2014 por auto de fecha seis de noviembre de 2014, se ha declarado en concurso a: Savoy Ocio, S.L., con CIF:B-83266296, y número concursal 473/2014, con domicilio en la Calle Pensamiento, n.º 27, escalera izquierda, 3.º, 3.ª, CP 28020, Madrid y cuyo centro de principales intereses los tiene en Madrid. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Que ha sido nombrada Doña María Soledad Carbonero Carbonero, con D.N.I. 28938070E como Administradora Concursal de este concurso. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. La comunicación se presentará en el domicilio designado al efecto: Calle Gran Vía, 6, planta 4.ª, 28013 Madrid. Fax: 911876576. También se podrá efectuar por medio correo electrónico a efecto de comunicaciones: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación de este anuncio que se ha ordenado publicar en el BOE. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 11 de diciembre de 2014.- La Secretaria.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.