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Insolvency proceedings

SAGAIL SOCIEDAD ANONIMA

CIF A26108597See the company page

Notices
511/12/201712/12/2022
Case number
783/2017
Court
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 6 DE LOGROÑO · PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6

Case timeline

  1. Otro acto concursal12/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 6 DE LOGROÑO Proc. 783/2017Judge : JESÚS ANTONIO BROTO CARTAGENAOrder 03/11/2022

    PUBLICIDAD INFORME ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  2. Conclusión del concurso12/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 6 DE LOGROÑO Proc. 783/2017Judge : MARIA ESTHER GARCIA DE HOYOSOrder 03/11/2022

    APRUEBA PLAN LIQUIDACION

  3. Otro acto concursal09/11/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6Proc. 783/2017Judge : RAFAEL YANGÜELA CRIADOOrder 09/11/2020

    Auto aprobando plan liquidación y acordando la formación de la Sección 6ª de calificación

  4. Otro acto concursal01/07/2020
    ⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 6Proc. 783/2017Judge : RAFAEL YANGÜELA CRIADOOrder 30/06/2020

    Plan de Liquidación

  5. Declaración de concurso11/12/2017
    ⚖️ LOGROÑOProc. 783/2017Order 07/11/2017

    EDICTO Doña María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 783/2017 y NIG n.º 26089 42 1 2017 0005255, se ha dictado en fecha 7 de noviembre de 2017 auto de declaración de concurso necesario del deudor SAGAIL, S.A., con CIF n.º A26108597, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Logroño. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a D. OSCAR SAENZ RODRIGUEZ, con D.N.I. número 16.556.265-Z, mayor de edad, estado civil CASADO, con domicilio profesional en CALLE PORTALES N.º 19-N.º 3 DE LOGROÑO, con dirección de correo [email protected] y página web www.webconcurso.es/sagail.html, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Logroño, 5 de diciembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.