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Insolvency proceedings

RO-NAUTICA SA

CIF A36652121See the company page

Notices
318/02/201303/07/2014
Case number
3/2013

Case timeline

  1. Declaración de concurso03/07/2014
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 3/2013Order 24/03/2014

    Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia: Que en el incidente concursal de oposición a la aprobación judicial del convenio (129) 3/2013 1, correspondiente a la sección V convenio 3/2013, referente a la concursada Ronáutica, S.A., con CIF A-36652121, por sentencia 83/2014, de 30 de mayo, se ha acordado lo siguiente: 1. Desestimar la oposición formulada por Mera Carrión, S.L. a la aprobación judicial del convenio aprobado en la junta de acreedores de Ronáutica, S.A. celebrada con fecha 24 de marzo de 2014. 2. Aprobar la propuesta de convenio presentada por la concursada Ronáutica, S.A. con fecha 11 de noviembre de 2013 (con la subsanación de fecha 19 de noviembre de 2014) con el resultado de adhesiones que constan en el acta de la junta de acreedores de fecha 24 de marzo de 2014. 3. La eficacia del convenio aprobado se produce desde la fecha de la sentencia que lo aprueba, con el contenido establecido en los artículos 133 a 136 de Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC). 4. Cesan todos los efectos de la declaración de concurso quedando sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio, y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 de la Ley Concursal. 5. Cesa en su cargo de administración concursal la sociedad Otrosí Concursal, S.L.P. (CIF B-27766336), así como sus integrantes: la Abogada doña Patricia Álvarez Canella (DNI 36130169-K) y el Economista don Manuel Sánchez Rodríguez (DNI 36029949-N), estando obligada a rendir cuentas de su actuación en el plazo máximo de un mes desde la finalización de la fase de calificación, en la cual conservará plena legitimación para actuar hasta que recaiga sentencia firme. 6. Incoar la sección sexta de calificación del presente concurso, en la que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la sentencia 83/2014, de 30 de mayo, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Vigo, 16 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal07/05/2013
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 3/2013Order 19/04/2013

    Edicto Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia: 1. Que en la Sección I Declaración Concurso 3/2013, referente a la entidad deudora Ronáutica, S.A., con CIF A-36652121, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC), que contiene el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal, en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial, que se sustanciarán por los trámites del incidente concursal, pudiendo el Juez de Oficio acumularlas para resolverlas conjuntamente. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado/a y Procurador/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 19 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso18/02/2013
    ⚖️ PONTEVEDRAProc. 3/2013Order 04/02/2013

    Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, Hago saber: Que en la Sección I Declaración Concurso 3/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 4 de febrero de 2013 Auto acordando lo siguiente: 1.º Declarar el concurso voluntario ordinario de la entidad deudora Ronaútica, S.A., con CIF A-36652121, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la Calle García Olloqui, 6, 36201 de Vigo (Pontevedra). 2.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración Concursal. 3.º La Administración concursal designada es la sociedad profesional Otrosí Concursal, S.L.P., con CIF B-27766336, y domicilio a efectos de notificaciones en su despacho profesional sito en la Calle Colón, 37, 4.º A, 36201 de Vigo (Pontevedra), teléfono 986227024, fax 986430944 y correo electrónico [email protected] 4.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración Concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito. 5° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Vigo, 4 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.