Insolvency proceedings
RIVILMA TRADE SL
CIF B64335243See the company page →
- Notices
- 2 — 16/12/2009 → 04/01/2010
- Case number
- 996/2009
Case timeline
- Otro acto concursal04/01/2010⚖️ BARCELONAOrder 26/11/2009
Edicto. Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos de concurso voluntario nº 996/09 - B seguido ante este Juzgado, se ha declarado en fecha 26 de noviembre de 2009 el concurso de la mercantil Carnus, S. L. En el Edicto dando publicidad al concurso publicado en el Boletín Oficial del Estado se hacía constar que la mercantil Carnus, S.L. tenía el NIF B-64335243, cuando el correcto es B-63446389. Se hace saber expresamente a los acreedores del concurso que el plazo de quince días que les fue concedido para comunicar sus créditos comenzará a partir de la publicidad del presente edicto. Barcelona, 18 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal16/12/2009⚖️ BARCELONAProc. 996/2009Order 26/11/2009
Edicto. Don Joaquín Marco Pueyo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el número 996/2009-B se ha declarado el concurso principal de fecha 26 de noviembre de 2009 de la mercantil Carnus, Sociedad Limitada, con NIF B-64335243, y domicilio en calle Molino, 10, de Esplugues de Llobregat, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de Apoyo Concursal, Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona, con indicación expresa del Juzgado de lo Mercantil número 1 y el número de autos 996/2009B, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado; firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 27 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.