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Insolvency proceedings

PUFF IBERIA SL

CIF B65864761See the company page

Notices
207/02/201502/04/2016
Case number
1021/2014

Case timeline

  1. Conclusión del concurso02/04/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 1021/2014Order 16/03/2016

    EDICTO D. Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil N.° 1 de Barcelona Por el presente hago saber que en el Concurso voluntario tramitado bajo el n.° 1021/2014-D, de la entidad mercantil PUFF IBERIA, S.L. con CIF n° B-65864761 se dictado Auto de fecha 14-3-2016, en el cual se acuerda la Conclusión del presente Concurso por finalización de las operaciones de liquidación, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada PUFF IBERIA, S.L., así como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro publico correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda aprobar la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y el cese de la misma en el ejercicio del cargo desde la firmeza de dicha resolución. Barcelona a, 16 de marzo de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia.

  2. Otro acto concursal07/02/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 1021/2014Order 21/01/2015

    Edicto Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2014-8005491 y n.° 1021/2014-D se ha declarado el concurso voluntario de naturaleza principal de fecha 12-12-2014 de PUFF IBERIA, S.L., con CIF n.º B-65864761 y domicilio en c/ Progreso, n.° 161, de Cornelia de Llobregat, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El Administrador concursal es Grupo Gispert Advocats i Economistes en la persona de su socio don José García García, con domicilio en Avda. Diagonal, n.° 416, Principal, de Barcelona (08037) y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio sito en Avda. Diagonal, n.° 416, Principal, de Barcelona (08037), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya adoptado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 21 de enero de 2015.- El Secretario judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.