HomeJustice- Prosson, S.L

Insolvency proceedings

- Prosson, S.L

CIF B58555350See the company page

Notices
204/06/201231/12/2016
Case number
55/2012

Case timeline

  1. Conclusión del concurso31/12/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 55/2012Order 15/11/2016

    Edicto dando publicidad al archivo de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 55/2012, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Prosson, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- concurso voluntario 55/2012, Sección C1. NIG del procedimiento.- 08019-41-1-2011-8005770. Entidad concursada.- Prosson, S.L., con CIF número B58555350. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 15 de noviembre de 2016. Barcelona, 15 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

  2. Declaración de concurso04/06/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 55/2012Order 08/02/2012

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 55/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto. Concurso voluntario 55/2012, Sección C1. Nig del procedimiento. 5416/2011. Entidad concursada. "Prosson, S.L.", con CIF número B58555350, y domicilio sito en calle Neopatria, 42-44, de Barcelona. Tipo de concurso. Voluntario. Fecha del Auto de declaración. 8 de febrero de 2012. Administrador concursal. Don Agustí Alier Jané, con correo electrónico [email protected], domicilio sito en calle Montserrat, número 22-26, de Sabadell (Barcelona) y número de teléfono 937 277 090. Facultades del concursado. Suspendidas. Forma de personación. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme el artículo 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de marzo de 2012.- La Secretaria judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.