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Insolvency proceedings
PRONEIDUX SL EN LIQUIDACION
CIF B81312209See the company page →
- Notices
- 1 — 02/12/2013 → 02/12/2013
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid
Case timeline
- Otro acto concursal02/12/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridOrder 07/11/2013
Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo previsto en el art.23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso voluntario Ordinario número 586/13, por auto de fecha 7 de noviembre de 2013 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Proneidux, S.L., con C.I.F: B-81312209, cuyo centro de principales intereses lo tiene en la Plaza de Castilla, n.º 3, piso 20 (Madrid). 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal la Sociedad Concursal Data Concursal, SLP, con domicilio en la calle Génova, n.º 15, 1.º derecha, 28004 Madrid, comunicándose por correo electrónico:[email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 19 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.