Insolvency proceedings
POLY KLYN SL
CIF B60484904See the company page →
- Notices
- 2 — 13/12/2011 → 21/04/2018
- Case number
- 537/2011
Case timeline
- Otro acto concursal21/04/2018⚖️ BARCELONAProc. 537/2011Order 17/04/2018
Don Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9, de Barcelona, hago saber que: En el Concurso abreviado 537/2011, se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de POLY-KLYN, S.L., con NIF B-60484904, con domicilio en Terrassa, Calle Miño 83-85, P.I. Santa Margarita. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 17 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso13/12/2011⚖️ BARCELONAProc. 537/2011Order 28/11/2011
Edicto de declaración de concurso. Juan Ignacio Gómez del Blanco Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso 537/2011 – Sección C2. Fecha del auto de declaración.- 22/11/11. Clase de concurso.- Voluntario Abreviado (Voluntario/necesario, Ordinario/abreviado). Entidad concursada.- Poly-Klyn, S.L. con domicilio en C. Miño 83-85 Terrassa (Barcelona) con CIF n.º B60484904. Administradores concursales.- D. Àngels Roqueta Rodríguez como Economista. Régimen de las Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes 111, edificio C, 13 planta de 08014 Barcelona y teléfono 93-554-97-09 la existencia de sus créditos en el plazo de 15 días a contar desde la publicación en el B.O.E. Personación en las actuaciones.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 28 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.