Insolvency proceedings
PLASPAPEL SL
CIF B41231887See the company page →
- Notices
- 5 — 18/11/2013 → 15/03/2021
- Case number
- 917/2013
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla
Case timeline
- Otro acto concursal15/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 917/2013Order 16/02/2021
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal15/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 917/2013Order 16/02/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso15/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SEVILLA Proc. 917/2013Order 16/02/2021
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso25/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de SevillaProc. 917/2013Order 16/02/2021
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.1 del texto refundido de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento número 917/2013, por Auto nº 54/2021 de 16 de Febrero de 2021, se ha dictado auto de conclusión del concurso, correspondiente al deudor PLASPAPEL. S.L., con CIF B-41231887. La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto dice lo siguiente: Parte Dispositiva ACUERDO: 1) La conclusión del proceso concursal de PLASPAPEL, S.L., con CIF B-41231887 y con domicilio en Polígono Industrial La Isla, calle Merlina, números 40-42, CP: 41703 Dos Hermanas (Sevilla), llevado en este mismo juzgado con el nº 917/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. Se aprueba la rendición de cuentas del AC. 2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo proceder a la destrucción de la credencial entregada, toda vez que a partir de la notificación de la presente resolución pierde su validez. 3) La declaración de extinción de la sociedad PLASPAPEL S.L, con CIF B-41231887 y con domicilio en Polígono Industrial La Isla, calle Merlina, números 40-42, CP: 41703 Dos Hermanas (Sevilla), y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. 4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 35 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de Mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley concursal. 5) Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil. 6) Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso. 7) Llevar el original de esta resolución al Libro de Autos, dejando testimonio en los autos. 8) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón. Sevilla, 22 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Otro acto concursal18/11/2013⚖️ SEVILLAProc. 917/2013Order 25/10/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 917/2013-3R, por Auto de diez de octubre de dos mil trece, se ha declarado en Concurso Volunantario Abreviado General al deudor Plaspapel, con CIF. B-41231887 y domicilio en Dos Hermanas. (Sevilla). P.I. La Isla. Cl. Merlina, n.º 40-42. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. directamente ante el Administrador Concursal don Luis Salcedo Sánchez-Barbudo, Abogado, con despacho profesional en Av. Cádiz, n.º 31. Tfno.: 954415000. Fax: 954415411. Correo electrónico: [email protected] "En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado". El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 25 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.