Insolvency proceedings
OSETECH SL
CIF B20869525See the company page →
- Notices
- 2 — 08/11/2010 → 05/02/2011
- Case number
- 662/2010 · 662/2020
Case timeline
- Apertura de liquidación05/02/2011⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 662/2010Order 21/01/2011
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 662/2010 referente a la concursada "Osetech, S.L.", con D.N.I. B20869525, por auto de fecha 21 de enero de 2011 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición de la deudora. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la mercantil "Osetech, S.L.", cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituídos por la administración concursal. 4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del Juzgado y en el "Boletín Oficial del Estado", cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Donostia-San Sebastián, 24 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal08/11/2010⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 662/2020Order 20/10/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia-San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 662/2020, por auto de 20 de octubre de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Osetech, Sociedad Limitada, con NIF B20869525, con domicilio en Paseo Mikeletegi-Parque Miramón, n.º 2 - Donostia y cuyo centro de principales intereses lo tiene en San Sebastián. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). En Donostia-San Sebastián, 21 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.