Insolvency proceedings
NATURBASE SL
CIF B63360796See the company page →
- Notices
- 3 — 05/07/2012 → 06/05/2024
- Case number
- 389/2012
- Court
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona
Case timeline
- Conclusión del concurso06/05/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 389/2012Judge : YOLANDA RIOS LOPEZOrder 29/05/2024
Declarar la conclusión del concurso de la concursada NATURBASE, S.L.U con CIF nº B-63360796, por haberse cumplido íntegramente por la misma el convenio aprobado en las presentes actuaciones.
- Conclusión del concurso16/02/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 389/2012Judge : YOLANDA RIOS LOPEZOrder 15/02/2024
Declarar el ÍNTEGRO CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO aprobado en las presentes actuaciones por la concursada NATURBASE, S.L.U con CIF n.º B63360796
- Otro acto concursal05/07/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 389/2012Order 12/06/2012
Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G.08019-47-1-2012-8001789 y n.º 389/2012b, se ha declarado el concurso Voluntario-principal-de fecha 12 de junio de 2012 de la mercantil Naturbase, S.L.U., con C.I.F. n.º B-63.360.796 y domicilio en Can Fatxó dels Urons, s/n, de Cerdanyola del Valles, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El Administrador concursal es don Antonio Robreño Canaleta, con domicilio en c/ Rocafort, n.º 93, entlo. 3.º, 08015 Barcelona y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal, los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Rocafort, n.º 93, entlo 3.º, 08015 Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar su créditos o asistir a Junta. Barcelona, 19 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.