Insolvency proceedings
NAKSIO 20 SL
CIF B62295654See the company page →
- Notices
- 2 — 07/10/2015 → 11/07/2016
- Case number
- 741/2015
- Court
- Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona
Case timeline
- Conclusión del concurso11/07/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de BarcelonaProc. 741/2015Order 10/06/2016
D. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Adm. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona, Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 741/2015, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Naksio 20, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso Voluntario 741/2015 Sección C1 Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8006344 Entidad concursada.- Naksio 20, S.L., con CIF nº B62295654 Tipo de concurso.- voluntario Fecha del auto de conclusión.- 10 de junio de 2016 Barcelona, 14 de junio de 2016.- El Letrado de la Adm. de Justicia Sust.
- Declaración de concurso07/10/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 741/2015Order 23/09/2015
D/ña. Francisco Velasco García-Plata, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona. Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 741/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Naksio 20,S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso Voluntario 741/2015 Sección C1 Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8006344 Entidad concursada.- Naksio 20, S.L,, con CIF n.. B62295654 Tipo de concurso.- voluntario Fecha del auto de declaración.- 22/09/2015. Administrador concursal.- José Ignacio Anton Garijo, domicilio profesional en Av.Diagonal 534 2º2ª 08006 Barcelona, núm. de teléfono 934146204/630950311, núm. de fax 93 2012917 con dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC.- los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administracion concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse Barcelona, 23 de septiembre de 2015.- El Secretario en sustitución.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.