HomeJusticeMURAL PAINTS SL

Insolvency proceedings

MURAL PAINTS SL

CIF B82260159See the company page

Notices
208/05/200917/03/2018
Case number
51/2009
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Case timeline

  1. Conclusión del concurso17/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 51/2009Order 13/03/2018

    Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia Que por Auto de fecha 13 de marzo de 2018 se dictó Auto de conclusión del presente concurso Mural Paints, S.L. con CIF B-82260159, cuyo número de procedimiento es 51/2009, en el que entre otras disposiciones se acuerda el archivo de las actuaciones. Madrid, 14 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal08/05/2009
    ⚖️ MADRID.Order 24/04/2009

    Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 51/09, por auto de fecha 24 de abril de 2009 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Mural Paints, Sociedad Limitada, con Código de Identificación Fiscal B-82260159 con domicilio en Calle Chaparro 44, en Torrelodones (Madrid). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es de 15 días a contar desde el día siguiente a esta publicación. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 24 de abril de 2009.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.