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Insolvency proceedings
MORAGAS TECHNOLOGIE SLL
CIF B14740948See the company page →
- Notices
- 3 — 04/10/2018 → 06/02/2021
- Case number
- 06/2018 · 383/2018
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba
Case timeline
- Otro acto concursal06/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CórdobaProc. 06/2018Order 21/12/2020
Edicto Doña Elena Colorado Gámez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba, Hago saber: Que en este juzgado se tramita procedimiento concursal voluntario instado por el procurador Manuel Berrios Villalba en nombre y representación de Moragas Technologie SLL con CIF Nº B-14740948 domiciliado en La Aldea del Arrecife, Avenida de San Francisco, n.º 67 (Córdoba), se ha dictado Auto de fecha 01/06/2018 que contiene particulares del tenor literal siguiente: "Se declara concluido el concurso de MORAGAS TECHNOLOGIE, S.L.L., declarándose la extinción de la sociedad. Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal. Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral de la concursada por liquidación de esta, con mandamiento de la presente, Contra la presente resolución no cabe recurso. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el TRLC ". Córdoba, 21 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Colorado Gámez.
- Otro acto concursal16/01/2020⚖️ juzgado de lo mercantil n.º 1 de CórdobaProc. 383/2018Order 01/02/2019
Edicto El juzgado de lo mercantil n.º 1 de Córdoba, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 383/2018 referente al concursado Moragas Technologie SLL con cif n.º B-14740948, por resolución de fecha 31 de enero 2019, se ha acordado lo siguiente: Aprobar el plan de liquidación realizado por la administración concursal en los términos en que se ha presentado. Se acuerda asimismo formar la sección sexta de calificación, del concurso, lo que se anunciará por edictos que se publicarán en el boletín oficial del estado y en el registro público concursal. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Córdoba, 1 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Javier Larraya Ruiz.
- Otro acto concursal04/10/2018⚖️ CÓRDOBAOrder 01/06/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 383/18, con NIG: 1402142120180009626, por auto de 1 DE JUNIO DE 2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MORAGAS TECHNOLOGIE, S.L.L, con domicilio en la Aldea del Arrecife, Avenida de San Francisco, n.º 67 (CÓRDOBA) y con CIF n.º B-14740948. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos se informa que el administrador concursal designado ha sido D. ILDEFONSO MANTAS NAVARRO, con DNI n.º 30.810.549-W y domicilio en C/ Antonio Machado, n.º 14 (14640) VILLA DEL RÍO (CÓRDOBA), y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Córdoba, 17 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.