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Insolvency proceedings

MEMTEC IBERICA SL

CIF B62894605See the company page

Notices
226/02/201418/06/2018
Case number
802/2013
Court
Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona

Case timeline

  1. Otro acto concursal18/06/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 03 de BarcelonaProc. 802/2013Order 11/06/2018

    Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 802/2013 se dictó un Auto núm. 179/2018 de Conclusión y Archivo de fecha 11 de junio de 2018, por el que se ha declarado concluso el concurso de MEMTEC IBÉRICA, S.L., con NIF B62894605, con domicilio en Calle Can Pi, 17, 3º, Polígono Industrial Gran Via Sud, 08908 - Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 11 de junio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jesús Santiago Ortego Briongos.

  2. Declaración de concurso26/02/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 802/2013Order 21/01/2014

    Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 802/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad MEMTEC IBERICA, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 802/2013 sección C4. NIG del procedimiento: 0801947120138005925. Entidad concursada: Memtec Ibérica, S.L., con CIF número B62894605. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de declaración: 22/11/2013. Administrador/es concursal/es: Don Manuel Bonilla Hidalgo, con DNI número 46685417V, con domicilio en en Barcelona, avenida Diagonal, 520, bajos 6.º, teléfono 933623123 y correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 21 de enero de 2014.- La Secretaria judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.