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Insolvency proceedings

MEDITERRANEAN DOOR SA

CIF A96299516See the company page

Notices
507/12/200925/03/2017
Case number
229/2012 · 414/2009
Court
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Case timeline

  1. Conclusión del concurso25/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrder 14/02/2017

    Doña Cristina Gil Fabregat, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000414/2009, habiéndose dictado en fecha 14 de febrero de 2017 por la llma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n° 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "1. Se declara la conclusión del concurso ordinario voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000414/2009, promovido por el Procurador Sr. Castello Merino, Miguel Javier, en nombre y representación de la mercantil PRODAMIX, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3. Se acuerda disponer el cese de la Administración concursal integrada por D. Miguel Sandalinas Collado, con nif 38077415 H, abogado, con despacho profesional en Catarroja (Valencia), Avda. Ramón y Cajal, n° 66 bajo y entresuelo; D. Jose Luis Ramos Fortea con nif 22521848 H, economista, con despacho profesional en Valencia, calle Beatriz Tortosa, 4; y el Acreedor, MEDITERRANEAN DOOR, S.A., con domicilio en Paterna (Valencia), calle Ciudad de Barcelona, Polígono Industrial Fuente del Jarro, n.° 1, con cif A-96299516; revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4. Se acuerda declarar la extincion de la mercantil PRODAMIX SL, con cif. B-96677463,procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al RegistroMercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 15de diciembre de 2016." Valencia, 14 de febrero de 2017.- La Letrada Admón. Justicia.

  2. Declaración de concurso27/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 229/2012Order 02/02/2017

    Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada Admón Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000229/2012 habiéndose dictado en fecha 2 de febrero de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del juzgado de lo Mercantil n.° 3 de Valencia auto firme de conclusión; de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva: Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este juzgado bajo el número de procedimiento 229/2012, promovido por el Procurador Sr/a Castello Merino, Miguel Javier, en nombre y representación de la mercantil MEDITERRANEAN DOOR, S.A., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. VICENTE ROLDAN MARTÍNEZ, con NIF n.° 44387015-M, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil MEDITERRANEAN DOOR, S.A., con CIF A-96299516, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia va que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 19 de diciembre de 2016. Dése a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009), y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada CASTELLO MERINO, MIGUEL JAVIER a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución ala administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo/a. Sr./a D/Dña Monserrat Molina Pla Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe. Valencia, 2 de febrero de 2017.- La Letrado/a Admón Justicia.

  3. Declaración de concurso13/06/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrder 28/05/2012

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de Acreedores núm. 000229/2012, habiéndose dictado en fecha 28/05/12 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Mediterranean Door, S.A., con CIF A-96299516, decretándose la intervención de las facultades de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a don Vicente Roldán MartÍnez, con domicilio profesional en Calle Barcelonina, 2 5.ª, Valencia, teléfono 963215740, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los terminos del art. 85. Valencia, 28 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

  4. Apertura de liquidación16/03/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 414/2009Order 15/02/2011

    Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente, hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Prodaemi, S.L., Prodamix, S.L., y Msca, S.L., con el número de registro 414/2009 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 15 de febrero de 2011 con el siguiente tenor literal: "Se declara y pone fin a la fase común del concurso, abriendo la fase de liquidación. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador unico de las concursadas. Se declara la disolución de las mercantiles concursadas Prodamix, S.L., y Msca, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por los administradores concursales, D. Miguel Sandalinas Collado, con NIF 38077415, Abogado, con despacho profesional en Catarroja (Valencia), Avda. Ramón y Cajal, n.º 66, bajo y entresuelo; D. José Luis Ramos Fortea, con NIF, Economista, con despacho profesional en Valencia, calle Beatriz Tortosa, 4; y al Acreedor, Mediterranean Door, S.A., con domicilio en Paterna (Valencia), calle Ciudad de Barcelona, Polligono Industrial Fuente del Jarro, n.º 1, con CIF A-96299516, que presentearán en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables." Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente. Valencia, 17 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

  5. Declaración de concurso07/12/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrder 16/11/2009

    Edicto. Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000414/2009 habiéndose dictado en fecha 16/11/09 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia auto de declaración de Concurso voluntario de acreedores de Prodaemi S.L., Prodamix S.L. y Msca S.L. con Cif. Número B-96295068, B-96677463 y B-96435342, respectivamente, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administradores concursales a don Miguel Sandalinas Collado, con Nif 38077415H, Abogado, con despacho profesional en Catarroja (Valencia), Avenida Ramón y Cajal, núm. 66, bajo y entresuelo; don José Luis Ramos Fortea, con Nif 22521848 H, Economista, con despacho profesional en Valencia, calle Beatriz Tortosa, 4; y al Acreedor, Mediterranean Door, S.A, con domicilio en Paterna (Valencia), calle Ciudad de Barcelona, Polígono Industrial Fuente del Jarro, núm. 1, con Cif A-96299516 expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 Valencia, 16 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.