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Insolvency proceedings

MANUEL GUERRA E HIJOS SA

CIF A38023883See the company page

Notices
826/06/201318/07/2023
Case number
248/2013 · 3/2009 · 38/2011
Court
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife

Case timeline

  1. Otro acto concursal18/07/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Proc. 248/2013Judge : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOOrder 20/06/2023

    SE DECLARA LA DEUDOR CARLOS CRESPO SERRA EN SITUACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO CON TODOS LOS EFECTOS INHERENTES A TAL DECLARACIÓN.

  2. Otro acto concursal18/07/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Proc. 248/2013Judge : JAVIER NUÑEZ VARGASOrder 20/06/2023

    Se acuerda declarar en SITUACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO A LA PERSONA NATURAL NO EMPRESARIO D. JOSÉ MATEOS ALBA y Dª MARÍA INMACULADA GALÁN SEBASTIÁN

  3. Conclusión del concurso23/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 248/2013Judge : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZOrder 20/06/2023

    EDICTO D./Dña. CARLOS MANUEL PEGUERO COSTALES, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Santa Cruz de Tenerife, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 0000248/2013, se ha dictado...

  4. Otro acto concursal19/05/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 248/2013Judge : GUZMÁN ELISEO SAVIRÓN DÍEZOrder 18/05/2023

    E D I C T O CEDULA DE NOTIFICACION DON CARLOS MANUEL PEGUERO COSTALES, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número UNO de los de Santa Cruz de Tenerife. HAGO SABER: Que en el procedimiento concursal 248/2013, de la...

  5. Conclusión del concurso20/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Proc. 248/2013Judge : JOSE LUIS FORTEA GORBEOrder 20/06/2023

    UN MES COMUNICAR D¡CREDITOS ACREEDORES

  6. Otro acto concursal02/04/2014
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 248/2013Order 30/09/2013

    Edicto Cédula de notificación D.Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número Uno de los de Santa Cruz de Tenerife. Hago saber: Que en el procedimiento Concursal abreviado voluntario número 248/2013, de la Entidad Manuel Guerra e Hijos, S.A. CIF A.38023883, se han dictado las resoluciones, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente: "Auto de fecha 30 de Septiembre de 2013, por la Magistrada-Juez Doña Ana Fernández Arranz,....Primero.-Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 148.2 de la Ley Concursal, si transcurrido el plazo de quince días desde que fuera puesto de manifiesto el plan de liquidación de la Administración Concursal, sin que se hubiera formulado propuesta de modificación u observaciones, el juez, según estime conveniente para el interés del concurso, resolverá mediante auto aprobar el plan en los términos en que se hubiera presentado, introducir en él modificaciones o acordar la liquidación conforme a las reglas legales supletorias. Contra este auto podrá interponerse recurso de apelación. Segundo.-En este caso, corresponde a la Administración concursal valorar si la reducción de la plantilla en 33 puestos de trabajo, como pretenden los representantes de los trabajadores, permite continuar la actividad empresarial, en qué unidades productivas se puede desarrollar, y si se garantiza la viabilidad de la concursada, y el pago a los acreedores, incluidos trabajadores, o por el contrario, si sería de mayor interés para el concurso cualquiera de las ofertas presentadas por Intersport, S.L., que al no haber justificado las razones por las que modificó sustancialmente la inicial, en perjuicio de los trabajadores, queda vinculada por la primera. En este último caso, la Administración concursal deberá garantizar el cumplimiento del contrato de arrendamiento de industria suscrito por la concursada, acudiendo a la vía judicial o adaptar la empresa a la situación económica actual, asesorando al órgano de administración en su gestión, contratación con proveedores, política de precios, de marketing, reducción de costes, posibilidades de expansión, incluso, de modificar las condiciones de trabajo, en lugar de reducir el número de trabajadores. Todo ello, con audiencia de la concursada, comité de empresa y oferente..." "Auto de fecha 18 de octubre de 2013, por la Magistrada-Juez, D.ª M.ª Raquel Alejano Gómez...Parte Dispositiva: Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal que aprueba la oferta vinculante presentada por Intersport CCS, S.A. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del art 149 y siguiente de la Ley Concursal. Se faculta expresamente a la Administración Concursal ante las autoridades laborales para la realización de los trámites relativos a la subrogación de trabajadores de la concursada en relación con la oferta aprobada. De conformidad con los establecido en el artículo 167 de la Ley Concursal, procédase a la formación de la sección sexta de calificación...".- Diligencia de Ordenación de fecha 21 de octubre de 2013, por el Secretario Judicial D. Cristo Jonay Pérez Riverol... Se pone en conocimiento de las partes, que conforme al art.167 de la Ley Concursal, emplácese a las partes personadas y a quien acrediten un interés legítimo para que se personen en dicha Sección Sexta dentro de los diez días siguientes a la última publicación de la presente resolución ...".- Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación Gratuita en el Boletín Oficial del estado(de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) extiendo y firmo la presente. Santa Cruz de Tenerife, 18 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

  7. Otro acto concursal17/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de TenerifeProc. 3/2009Order 02/09/2013

    Edicto Cédula de notificación Don Guzmán Eliseo Saviron Díez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 248/13 en referencia a la entidad Manuel Guerra e Hijos, Sociedad Anónima, CIF: A-38023883, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 2 de septiembre de 2013, cuyos puntos principales son del tenor literal siguiente: "Por recibido el anterior escrito del Juzgado Decano de este Partido Judicial, presentado por el Administrador Concursal, don Humberto Antonio Monasterio Núñez (registro 4973/13 y R.M.4755/13), quede unido a la presente sección; téngase por presentado el informe previsto en el artículo 74 de la Ley Concursal, y de conformidad con lo establecido en el artículo 95.2 del referido Texto Legal, procédase a su anuncio por medio de edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado (publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo), y en el tablón de anuncios de este Juzgado, haciéndole entrega a la Procuradora solicitante del concurso del oficio y edicto librado, conforme establece el artículo 23 del mencionado texto legal. Póngase en conocimiento, al mismo tiempo, a los interesados no personados, que queda de manifiesto en esta Secretaría, pudiendo consultar dicho informe y disponiendo del plazo de diez días para impugnar el inventario y la lista de acreedores, ello, conforme a los términos establecidos en los artículos 95.2, 96 y 97 de la Ley Concursal, ello respetándose los distintos plazos establecidos en el artículo 12, puntos cuatro, cinco y seis, de la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria octava, punto 2.º" Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el "Boletín Oficial del Estado" (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009, del 27 de marzo). Santa Cruz de Tenerife, 2 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  8. Apertura de liquidación26/06/2013
    ⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 38/2011Order 28/05/2013

    Edicto-cédula de notificación Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en el procedimiento concursal 248/13, de la entidad Manuel Guerra e Hijos, S.A. CIF A 38023883, se ha dictado auto de fecha 28 de mayo de 2013, por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Se declara en concurso, que tiene carácter voluntario abreviado a la entidad Manuel Guerra e Hijos, S.A. CIF A 38023883, y se declara abierta la fase de liquidación -Sección Quinta-. Dese traslado al Administrador concursal, una vez que acepte su cargo, del plan de liquidación para alegaciones por plazo de diez días. Se nombra a don Humberto Monasterio Núñez, Auditor, miembro único de la administración concursal. Se declara la disolución de la entidad deudora y el cese de los Administradores, que serán sustituidos por los Administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5º y 85 de la Ley Concursal -redacción dada por Ley 38/2011, de 10 de octubre-, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación acordada en este auto (BOE), comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del Juzgado por el Administrador concursal al tiempo de la aceptación del cargo por la Administración concursal, se publicará el edicto con extracto de esta resolución en el BOE, se librará mandamiento al Registro Mercantil y los oficios a los Juzgados Decanos de cada partido judicial. La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores. Publíquese extracto de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con lo previsto artículo 23.1 de la LC en su nueva redacción dada por el RDL 3/2009, de 27 de marzo. La publicación será gratuita. Inscríbase en el Registro Mercantil de Tenerife la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición y el nombramiento de los Administradores concursales, librando al efecto el oportuno mandamiento. Contra este auto no cabe recurso." Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, del 27 de marzo). Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, arriba indicado, la persona don Humberto Antonio Monasterio Núñez, con domicilio en calle San Pedro Alcántara, 12, 1.º C 38003 Santa Cruz de Tenerife, con teléfono 922279335, fax 922278758 y correo electrónico [email protected], extiendo y firmo la presente. En Santa Cruz de Tenerife, 4 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.