Insolvency proceedings
MALLA BAÑO SL
CIF B60211000See the company page →
- Notices
- 2 — 19/10/2013 → 24/06/2017
- Case number
- 571/2013
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona
Case timeline
- Otro acto concursal24/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 571/2013Order 07/06/2017
Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que por el presente hago saber que en el Concurso voluntario abreviado 571/2013HG de la entidad mercantil MALLA BAÑO, S.L., con NIF B60211000, se ha dictado auto firme de fecha 7 de junio de 2017, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose asimismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada MALLA BAÑO, S.L., así como la inscripción de conclusión de concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la firmeza del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la administración Concursal. Barcelona, 8 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal19/10/2013⚖️ BARCELONAProc. 571/2013Order 17/09/2013
Don/Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona Hace Saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2013-8001735 y nº 571/2013H se ha declarado el concurso voluntario y principal, de fecha 17 de septiembre de 2013 de Malla Baño S.L. con C.I.F. nº B60211000, y domicilio en C. Can Diners, 2 B (Pol.Ind.Can Negoci) Argentona (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es Alhos Concursal, S.L.P., quien a su vez ha designado, como persona física que ejercerá las funciones, a D. Josep Puigvert Ibarz, con domicilio en Barcelona, calle Tuset, número 32, 9º, y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Barcelona, calle Tuset, número 32, 9º, o remitirse a dicho domciilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de Un Mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto,cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones,designando abogado y procurador que les defienda y represente,salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 30 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.