Insolvency proceedings
MADOS BCN SL
CIF B63469704See the company page →
- Notices
- 4 — 02/07/2015 → 03/02/2025
- Case number
- 480/2015
- Court
- Mercantil - 6
Case timeline
- Conclusión del concurso03/02/2025⚖️ Mercantil - 6Proc. 480/2015Judge : Cesar Suarez VazquezOrder 30/01/2025
AUTO CONCLUSION CONCURSO PERSONA JURIDICA TRAS APROBACION CONVENIO
- Declaración de concurso04/10/2024⚖️ Mercantil - 6Proc. 480/2015Judge : Cesar Suarez VazquezOrder 03/10/2024
AUTO DECLARACION CUMPLIMIENTO CONVENIO
- Convenio de acreedores17/05/2016⚖️ BARCELONAProc. 480/2015Order 06/04/2016
El Letrado de la Administración de Justicia Don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se sigue en este Juzgado con el número 480/2015, por sentencia de fecha 6 de abril de 2016 se ha aprobado, con los efectos y alcance legalmente previstos, el convenio propuesto por la concursada Mados BCN, S.L., con C.I.F. n.º B-63469704, acordándose el cese de los efectos de la declaración del concurso, sin perjuicio de los deberes que el artículo 42 de la ley Concursal impone al deudor, y cesando la administración concursal en sus funciones de intervención sobre la administración y disposición de los bienes y derechos del mismo. Barcelona, 6 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal02/07/2015⚖️ BARCELONAProc. 480/2015Order 09/06/2015
El Secretario judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 480/2015-B se ha declarado, mediante auto de fecha 9 de junio de 2015, el concurso voluntario de MADOS BCN, S.L. con NIF B-63469704 y domicilio en calle Ausias Marc, número 24, 1-2, de Barcelona, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al Administrador concursal designado Bufete Marroquín Abogados y Economistas, S.L.P. por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en calle Borí i Fontestà, número 6, 5.º, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el Administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 9 de junio de 2015.- El Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.