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Insolvency proceedings
MADAME POMPADOUR SL
CIF B87649372See the company page →
- Notices
- 8 — 29/07/2020 → 03/02/2021
- Case number
- 765/2020
- Court
- MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia: 1º · JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRI
Case timeline
- Conclusión del concurso03/02/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 765/2020Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 13/01/2021
Edicto
- Otro acto concursal27/01/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 765/2020Order 13/01/2021
Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del TRLC, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 765/2020 referente a la mercantil MADAME POMPADOUR, S.L., CIF B87649372 por auto de fecha 13/01/2021 se ha la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 475 TRLC. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485TRLC declarar su extinción. Madrid, 13 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio Jose Zornoza Arana.
- Otro acto concursal26/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 765/2020Judge : MARIA LUZ DE HOYOS FLORESOrder 22/07/2020
Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores con el nº 718/2019 en los que se ha dictado AUTO de fecha 11 de julio de 2019 por el que se declara el estado de concurso,con los siguientes datos: N.I.G procedimiento: 46250-42-1-2019
- Otro acto concursal25/09/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 765/2020Judge : D. Jorge Montull UrquijoOrder 17/09/2020
Edicto
- Declaración de concurso18/08/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia: 1ºOrder 12/08/2020
Edicto D. Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia: 1º que en fecha 31/07/20, y en virtud de auto de fecha 22/07/20, fue publicada en el BOE con número 207, así como en el Registro Público Concursal la declaración de concurso de la mercantil Madame Pompadour, S.L., con CIF B87649372 calle Caños del Peral, nº 11, bajo derecha, de Madrid 2º que advertido error en el domicilio de la misma, se dicta en fecha 31/07/20 auto de rectificación, por lo que se hace constar que el domicilio correcto de la concursada Madame Pompadour, S.L., con CIF B87649372 es calle Alcalá, nº 149, 3º D C.P.:28009 Madrid. Madrid, 12 de agosto de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Emilio José Zornoza Arana.
- Declaración de concurso13/08/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 765/2020Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 12/08/2020
Edicto
- Otro acto concursal31/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRIProc. 765/2020Order 22/07/2020
Don EMILIO JOSE ZORNOZA ARANA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE MADRI,. Hace saber: 1.-Que en el Concurso Abreviado 765/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0072918, por auto de fecha 22/07/20, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a MADAME POMPADOUR, S.L.U., con n.º de identificación B87649372, y domiciliado en Calle de los Caños del Peral, n.º 11, CP: 28013 Madrid (Madrid). 2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.-La identidad de la Administración concursal es D./Dña. NOHEMI SOLEDAD DE CÓRDOBA ÁLVARO, con domicilio postal en Paseo de la Castellana, 179, Asc C, 1.ª planta, 28046 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 22 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
- Declaración de concurso29/07/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 765/2020Judge : JORGE MONTULL URQUIJOOrder 22/07/2020
AUTO DE DECLARACION
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.