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Insolvency proceedings
LEO PIEL SOCIEDAD LIMITADA
CIF B46663894See the company page →
- Notices
- 4 — 12/11/2019 → 26/02/2021
- Case number
- 699/2019
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Case timeline
- Otro acto concursal26/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 699/2019Order 25/01/2021
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso26/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 699/2019Order 25/01/2021
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal09/02/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 699/2019Judge : EDUARDO PASTOR MARTINEZOrder 07/02/2020
Que debo aprobar y apruebo el plan de liquidación formulado por la administración concursal, en sus propios términos y con las prevenciones previstas en el Auto
- Declaración de concurso12/11/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrder 17/10/2019
Edicto D. José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000699/2019 habiéndose dictado en fecha 06/09/19 por el Ilmo./a. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Leo Piel, S.L. con CIF B46663894, decretándose la suspensión de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Juan María LLatas Serrano, abogado con domicilio profesional en c/ Conde Salvatierra, n.º 23, pta. 4 de Valencia, teléfono 963.58.01.84, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 17 de octubre de 2019.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, José Victor Sanz Gordón.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.