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Insolvency proceedings
LAUREANO Y A.F. SL EN LIQUIDACION
CIF B36244416See the company page →
- Notices
- 4 — 13/10/2014 → 29/10/2021
- Case number
- 264/2013
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA
Case timeline
- Otro acto concursal29/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 264/2013Judge : IGNACIO FERNANDEZ DE SENESPLEDAOrder 02/09/2024
Declara concluso el procedimiento concursal de ANNI MAGNOLI MENDEZ por insuficiencia de masa activa. Concede al deudor concursado el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, con carácter definitivo.
- Apertura de liquidación29/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 264/2013Judge : Amagoia Serrano BarrientosOrder 02/03/2015
Se concluye el concurso y se acuerda exoneración de deudas
- Declaración de concurso29/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 264/2013Judge : MARCOS BERMUDEZ AVILAOrder 02/09/2014
AUTO DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO Y ABREVIADO
- Declaración de concurso13/10/2014⚖️ PONTEVEDRAOrder 26/09/2014
Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Pontevedra, por el presente, Hago saber: 1.° Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000264 /2013 y NIG número 36038 47 1 2013 0000414, se ha dictado, en fecha 2.9.14, Auto de declaración de Concurso necesario del deudor Laureano y Af, con CIF: B-36.244.416, cuyo centro de intereses lo tiene en Madrid, Avenida Galiana, 20-2, centro, C.P. 28011. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a Ferbe, gestión Concursal, S.L.P., quien ha designado como persona física a Andrés Fernández Vázquez, con D.N.I. 36.093.829-K, con domicilio postal en calle García Olloqui, número 6, 1º, 36201 Vigo y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal, o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín oficial del Estado. 4.º Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a, a salvo lo que dispone la ley de Procedimiento Laboral para representación y defensa de los trabajadores. Pontevedra, 26 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.