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Insolvency proceedings
KANDOR GRAFICS SL
CIF B18608802See the company page →
- Notices
- 5 — 19/05/2014 → 28/01/2021
- Case number
- 423/2014
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada
Case timeline
- Otro acto concursal28/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA Proc. 423/2014Order 02/12/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso28/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE GRANADA Proc. 423/2014Order 02/12/2020
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso29/12/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 423/2014Judge : RAFAEL LEONES VALVERDEOrder 03/12/2020
Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad KANDOR GRAPHICS SL. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la administración concursal.
- Declaración de concurso10/12/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de GranadaOrder 02/12/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Protección Jurídica del Diseño Industrial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el concurso voluntario nº 423/14 con NIG 1808742M20140000474 seguido a instancia de KANDOR GRAPHICS, S.L., con Cif B-18608802 se ha dictado con fecha 2 de diciembre de 2020 auto en cuya parte dispositiva se ha acordado lo siguiente: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad KANDOR GRAPHICS, S.L. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursal. De conformidad a ello: Primero: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Segundo: Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Tercero: Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Cuarto: Requiérase a la Administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo. Quinto: se acuerda la extinción de KANDOR GRAPHICS, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución al objeto de la inscripción de la cancelación de la sociedad KANDOR GRAPHICS, S.L. Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno. Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Rafael Leonés Valverde, titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada. Granada, 3 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Pilar Raya García.
- Declaración de concurso19/05/2014⚖️ GRANADAProc. 423/2014Order 21/04/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1, de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 423/2014 por auto de fecha 21 de abril de 2014, se ha declarado en concurso voluntario a la Sociedad Kandor Graphics, S.L., con CIF: B-18608802 y domicilio en Armilla (Granada), Avenida de la Innovación, s/n, Parque Tecnológico y de Ciencias de la Salud de Granada, donde tiene su centro de principales intereses. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección de la Administración Concursal: Hispacontrol Procedimientos Concursales, S.L., Avenida Divina Pastora, n.º 9, bloque 1, 3º- A, 18012 Granada. Correo electrónico: [email protected] La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Granada, 29 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.