Insolvency proceedings
JOMIR ELCHE SL
CIF B54963558See the company page →
- Notices
- 9 — 17/12/2019 → 02/04/2026
- Case number
- 305/2020
- Court
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALACANT/ALICANTE. PLAZA Nº 3 CON SEDE EN ELX/ELCHE · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante
- Insolvency administrator
- Que ha sido nombrado D./Dª
Case timeline
- Otro acto concursal02/04/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 305/2020Judge : Genoveva Alicia Corominas MegiasOrder 05/03/2026
Declaración de concurso de la deudora Doña Mercedes Jiménez Turrillo con D.N.I 08969378E, apertura fase de liquidación, llamamiento a acreedores para poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en un mes.
- Otro acto concursal03/11/2022⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALACANT/ALICANTE. PLAZA Nº 3 CON SEDE EN ELX/ELCHE Proc. 305/2020Judge : D. JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESOrder 05/03/2026
SOLICITUD DE CONCLUSIÓN. VER RESOLUCIÓN
- Conclusión del concurso03/11/2022⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALACANT/ALICANTE. PLAZA Nº 3 CON SEDE EN ELX/ELCHE Proc. 305/2020Judge : SOFIA GIL GARCÍAOrder 05/03/2026
VER ADJUNTO
- Otro acto concursal10/05/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 305/2020Judge : CARMEN GONZALEZ SUAREZOrder 15/03/2021
Se acuerda la homologación del acuerdo de refinanciación alcanzado por SIGNO EDIORES J.M. SL y GRAN NOGAL CORREDURÍA DE SEGUROS SL con las entidades relacionadas en el acuerdo de refinanciación de fecha 02/07/2020
- Otro acto concursal16/03/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 305/2020Judge : JORGE CUELLAR OTONOrder 05/03/2021
EDICTO SE APRUEBA EL PLAN DE LIQUIDACION PRESENTADO POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL DE MERCANTIL JOMIR ELCHE S.L SE APERTURA LA SECCIÓN SEXTA DE CALIFICACIÓN
- Otro acto concursal30/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 305/2020Judge : Jacinto Talens SeguiOrder 15/03/2021
Dictado auto por el que se acuerda la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, declarando la extinción de la mercantil y el cierre de su hoja de inscripción en los Registros Públicos.
- Otro acto concursal07/09/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 305/2020Judge : JORGE CUELLAR OTONOrder 31/07/2020
EDICTO, SIENDO LA CONCURSADA JOMIR ELCHE S.L SE HA PRESENTADO POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL EL INFORME PRECEPTUADO EN EL ART.74 LC
- Declaración de concurso17/03/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de AlicanteOrder 04/03/2020
E D I C T O Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que por auto de fecha 4 de marzo de 2020 en el procedimiento con número de autos 000305/2020 y N.I.G. 03065-66-1-2020-0000162, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario [CNA] al concursado JOMIR ELCHE S.L., con domicilio en 03295 - Elche, Alicante, Partida de Maitino, Polígono 2, nº 50 y CIF nº B549635581, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 3985, Folio 30, Hoja A-152191, representada por el procurador D/Dª Yolanda Sanchez Orts. Facultades del concursado: Suspendido. Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. SERGIO BELMONTE FARRAY, colegiado del Ilustre Colegio de Alicante con domicilio postal para notificaciones y para que los acreedores efectuen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Avenida Federico Soto, 22, entresuelo, izquierda, 03001 Alicante; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected] Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil. al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 9 de marzo de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.
- Declaración de concurso17/12/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 305/2020Judge : ENRIQUE CALVO VERGARAOrder 04/03/2020
CONCLUSION POR INEXISTENCIA DE BIENES
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.