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Insolvency proceedings

JOCAMAR INVERSIONES SL

CIF B60104593See the company page

Notices
121/03/201221/03/2012
Case number
5/2012

Case timeline

  1. Declaración de concurso21/03/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 5/2012Order 26/01/2012

    Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso. María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 5/2012-D4. Tipo de concurso.- Concurso voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- Jocamar Inversiones, S.L., CIF B-60104593. Fecha del auto de declaración.- 25/1/12. Administradores concursales.- Alfonso Olivé Gorgues, con domicilio en C. Balmes, n.º 237, entresuelo, 08006 Barcelona, Teléfono n.º 935 340 400, en calidad de abogado y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 26 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.