Insolvency proceedings
INFOTARGET SL
CIF B61678298See the company page →
- Notices
- 2 — 30/04/2014 → 25/10/2023
- Case number
- 754/2013
- Court
- Mercantil - 1
Case timeline
- Conclusión del concurso25/10/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 754/2013Judge : YOLANDA RIOS LOPEZOrder 23/10/2023
Concluir el concurso de la entidad Infotarget Sociedad Limitada, por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha concursada, su extinción y la cancelación de su inscripción registral.
- Otro acto concursal30/04/2014⚖️ BARCELONAProc. 754/2013Order 31/03/2014
Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2013-8006213 y n.º 754/2013H se ha declarado el concurso voluntario de fecha 23/12/13 de Infotarget, S.L., con CIF n.º B61678298 y domicilio en C/ Mallorca, 207, 3-1, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es CSM Legal & Concursal, quien a su vez, ha designado como persona física que ejercerá las funciones a Juan Carlos Sabaté Martí, con domicilio en C/ Tuset, 34, entl. D, 08006 Barcelona, y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/ Tuset, 34, entl. D, 08006 Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 31 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.