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Insolvency proceedings
INDUSTRIES RODACA SL
CIF B08432213See the company page →
- Notices
- 2 — 23/03/2015 → 01/02/2019
- Case number
- 1031/2014
- Court
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona
Case timeline
- Otro acto concursal01/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BarcelonaProc. 1031/2014Order 10/12/2018
Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 1031/2014 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de INDUSTRIES RODACA, S.L., con NIF B08432213, con domicilio en calle Torrent d'en Puig, 25, Arenys de Munt. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 10 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.
- Otro acto concursal23/03/2015⚖️ BARCELONAProc. 1031/2014Order 10/02/2015
Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2014-8005743 y n.º 1031/2014B se ha declarado el concurso voluntario de fecha 10 de febrero de 2015 de INDUSTRIES RODACA, S.L. con CIF n.º B08432213 y domicilio en C. Torrent d'en Puig, 25, Arenys de Munt (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El Administrador concursal es D. Carlos Zarco Puente, con domicilio en calle Roselló, 271, 5.º-1.ª, 08008 Barcelona (Barcelona), y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio sito en calle Roselló, 271, 5.º-1.ª, 08008 Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse el el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 16 de febrero de 2015.- El Secretario judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.