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Insolvency proceedings
INDUSER BALEARES SL
CIF B57829558See the company page →
- Notices
- 2 — 22/10/2016 → 12/09/2020
- Case number
- 678/2016 · 10/2016
- Court
- Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Palma · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca
Case timeline
- Otro acto concursal12/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil N. 1 de PalmaProc. 678/2016Order 01/09/2020
D. Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Palma, por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este juzgado 678/2016 se ha dictado, en fecha de 1 de septiembre de 2020, sentencia de conclusión de concurso necesario ordinario de la entidad Induser Baleares S.L., con C.I.F. B57829558, habiéndose aprobado en la citada sentencia la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma, 1 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
- Declaración de concurso22/10/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaProc. 10/2016Order 18/10/2016
D. Juan Enrique Tevar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 678/16 y NIG nº 07040 47 1 2016 0001156 se ha dictado en fecha 03/10/2016 auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor Induser Baleares, S.L., con CIF B-57829558, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Son Morro, nº 20, de Palma de Mallorca. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3º.- Que el abogado nombrado administrador concursal, D. Juan Roig Mundi, en fecha 18/10/2016, ha aceptado el cargo. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Calle Almirante Cadarso Nº 5 Pta. 5, 46005 Valencia o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 18 de octubre de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.