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Insolvency proceedings

INCASA 2000 SA

CIF A82777764See the company page

Notices
211/11/201027/02/2012
Case number
391/2010
Court
Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid

Case timeline

  1. Declaración de concurso27/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 391/2010Order 07/02/2012

    Edicto Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid. Anuncia Que en el procedimiento concursal número 391/2010, referente al concursado Incasa 2000, S.L., CIF N.º A-82777764, por auto de fecha 7 de febrero de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.-Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.-Declarar disuelta la concursada Incasa 2000, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el BOE y el Tablón de Anuncios del Juzgado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 7 de febrero de 2012.- La Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal11/11/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de MadridProc. 391/2010Order 25/10/2010

    Edicto. Doña Yolanda Peña Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento nº391/2010 por auto de fecha 25 de octubre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Incasa 2000 S.A., CIF n.º A-82777764, con domicilio en Madrid, C/ Gran Vía 55, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Madrid, 25 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.