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Insolvency proceedings

IDT DOCUTECA SA

CIF A33793159See the company page

Notices
219/11/201208/05/2025
Case number
668/2012 · 09/2012
Court
Mercantil - 8 · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Case timeline

  1. Otro acto concursal08/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 8Proc. 668/2012Judge : JUAN DIEGO CARRILLO PANTOJAOrder 24/04/2025

    UNION Y TRASLADO INFORME FINAL Y RENDICION DE CUENTAS A.C

  2. Declaración de concurso19/11/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 09/2012Order 19/09/2012

    Jesus Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concursos voluntarios 668/12 y 669/12 sección g. Fecha del auto de declaración.- 17/09/2012. Clase de concurso: Voluntario ordinario. Entidad concursada.- Idt-Docuteca, S.A., con domicilio en Sant Sadurni d´Anoia (Barcelona), c/ Moli d´En Guineu, n.º 16, con CIF n.º A33793159, y Adocat, S.A., con domicilio en Sant sadurni d´Anoia (Barcelona), c/ Moli d´En Guineu, n.º 16, con CIF n.º A62981691 Administradores concursales.- Don Antonio Leon Carreño, como Abogado. Dirección postal.- Pº de Gracia, n.º 111, (08008) Barcelona. Dirección electrónica.- [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través, de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la unidad de apoyo concursal de los Juzgados de lo Mercantil. Barcelona, 19 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.