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Insolvency proceedings
HPH PISCINAS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B46245353See the company page →
- Notices
- 2 — 05/02/2011 → 31/05/2016
- Case number
- 3/2009 · 951/2010
- Court
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Case timeline
- Declaración de concurso31/05/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 3/2009Order 16/05/2016
Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de Acreedores núm. 000951/2010, habiéndose dictado en fecha 16/05/16 por el Ilmo/a. Sr/a.Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1.- Se Declara la Conclusión del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000951/2010, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Verdet Climent, Francisco, en nombre y representación de la mercantil Hph Piscinas, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª María Isabel Iborra Alonso, con DNI Nº 24347125-S, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Hph Piscinas SL, con C.I.F. B46245353, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 19/11/15. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Verdet Climent, Francisco a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez dias a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Valencia, 16 de mayo de 2016.- El/la letrado/a de la Admón de Justicia.
- Declaración de concurso05/02/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 951/2010Order 05/01/2011
Doña María José Navarro Melchor, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos del Concurso de Acreedores núm. 951/2010 habiéndose dictado en fecha 5 de enero de 2011 por el Ilmo/a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de HPH Piscinas, S.L., con CIF B-46245353, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal don Josep Gallel Boix expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85. Valencia, 5 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.
Source: Spanish public insolvency register and BOE Section IV. Notices are reproduced as published; their validity and effects are a matter for the issuing court.